4_9 INVERSION INMOBILARIA
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Vienen regulado en el reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre – Real Decreto 1309/2005. Su objeto principal es la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento. Las IIC inmobiliarias deben respetar unos principios generales de actuación:
Diversificación: Limitan la inversión en un solo inmueble así como el alquiler a entidades de un mismo grupo.
LECTURAS MFIA Gestión de activos tradicionales y alternativos LIBRO 4
Liquidez: Para garantizar el régimen de reembolso.
Se faculta a la CNMV para establecer la forma en que el valor de tasación deberá ser considera- do en “FII”.
El límite del 35 por 100 establecido para inmuebles arrendados a entidades de un mismo grupo.
El límite de inversión a través de compra sobre plano ha aumentado de un 20 por 100 a un 40 por 100.
Sigue siendo aplicable el plazo de 3 años para alcanzar los porcentajes y los criterios de di- versificación establecidos en la normativa.
El capital social mínimo, tanto de las Sociedades de Inversión Inmobiliaria (“SII”) como de los FII, se mantiene en 9.000.000€. Compartimentos: 2.400.000€.
Pasemos ahora a analizar la política de inversiones:
• Coeficiente mínimo de inversión en inmuebles
70%
• Inversión mínima en vivienda (1) • Inversión máxima en otros capítulos • Coeficiente mínimo de liquidez
50%
40%
10% • Período mínimo de permanencia de los inmuebles 3 años, en general 7 años, en promociones
Plazos para conseguir coeficientes:
1 año para tener 100 partícipes 2 años, para tener el 50% de inversión en vivienda 3 años, para conseguir el resto de coeficientes
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