4_9 INVERSION INMOBILARIA

32

Vienen regulado en el reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre – Real Decreto 1309/2005. Su objeto principal es la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento. Las IIC inmobiliarias deben respetar unos principios generales de actuación:

Diversificación: Limitan la inversión en un solo inmueble así como el alquiler a entidades de un mismo grupo.

LECTURAS MFIA Gestión de activos tradicionales y alternativos LIBRO 4

Liquidez: Para garantizar el régimen de reembolso.

Se faculta a la CNMV para establecer la forma en que el valor de tasación deberá ser considera- do en “FII”.

El límite del 35 por 100 establecido para inmuebles arrendados a entidades de un mismo grupo.

El límite de inversión a través de compra sobre plano ha aumentado de un 20 por 100 a un 40 por 100.

Sigue siendo aplicable el plazo de 3 años para alcanzar los porcentajes y los criterios de di- versificación establecidos en la normativa.

El capital social mínimo, tanto de las Sociedades de Inversión Inmobiliaria (“SII”) como de los FII, se mantiene en 9.000.000€. Compartimentos: 2.400.000€.

Pasemos ahora a analizar la política de inversiones:

• Coeficiente mínimo de inversión en inmuebles

70%

• Inversión mínima en vivienda (1) • Inversión máxima en otros capítulos • Coeficiente mínimo de liquidez

50%

40%

10% • Período mínimo de permanencia de los inmuebles 3 años, en general 7 años, en promociones

Plazos para conseguir coeficientes:

1 año para tener 100 partícipes 2 años, para tener el 50% de inversión en vivienda 3 años, para conseguir el resto de coeficientes

Made with FlippingBook Annual report