Manual Módulo 6 Dirección y Gestión del Capital Humano
MÁSTER EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN DEL CAPITAL HUMANO
EUROPEAN OPEN BUSINESS SCHOOL
Una problemática adicional a este tipo de conceptos retributivos se la añade el tratamiento fiscal de los mismos.
En España el tratamiento fiscal de los diferentes conceptos ha ido perfeccionándose a lo largo del tiempo y es posible que en el futuro puedan producirse modificaciones a las actuales condiciones establecidas. Por una parte, los conceptos considerados como renta grabable por la actual ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deben ser valorados claramente y sobre dicha valoración debe practicarse una retención (similar a la retención que se produce con las rentas monetarias percibidas por el/la empleado/a). Pero esto no implica que todos los conceptos que hemos señalado en páginas anteriores tengan el mismo tratamiento fiscal. Así, por ejemplo, las ayudas de guardería (los conocidos popularmente como cheques guardería) se encuentran exentos de tributación en el I.R.P.F. siempre que cumplan con los requisitos de estar numerados, tener un importe nominal, ser intransmisibles, constar en ellos la empresa emisora, no ser reembolsables, ser nominativos, estar comprendidos dentro de la política retributiva de la organización y estar establecidos como derecho, bien en el convenio colectivo, bien en el contrato de trabajo. Precisamente el tratamiento fiscal de estos conceptos es lo que los hace tan propensos a ser utilizados como fórmula para poder disminuir de hecho el tipo impositivo de los declarantes y conseguir con ellos importantes beneficios para el/la empleado/a.
La retribución flexible
Para dar una cumplida solución al problema de la insatisfacción con los paquetes retributivos en especie, a mediados de los años 90 comenzaron a implantarse programas que permitían la elección por parte de los/as
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