MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL
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8.4.3. LEX MERCATORIA.
Se denomina como Lex Mercatoria el conjunto de normas, principios, usos, prácticas y costumbres que forman la regulación que los propios operadores económicos se han ido proporcionando a lo largo de los años.
Se trata de un conjunto normativo específico y peculiar del comercio internacional.
Los elementos más relevantes que conforman esta Lex Mercatoria son:
Principios UNIDROIT.
Redactados por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado, con sede en Roma. Constituyen un conjunto equilibrado de reglas destinadas a ser utilizadas por todo el mundo, independientemente de las específicas tradiciones jurídicas y condiciones económicas y políticas de los países en que se apliquen. Estos principios establecen reglas generales aplicables a los contratos mercantiles internacionales. Son de aplicación únicamente cuando las partes se hayan sometido expresamente a ellos. Asimismo pueden ser utilizados para interpretar o complementar instrumentos internacionales de derecho uniforme, como pueden ser los convenios internacionales, así como servir de modelo para la creación de leyes tanto nacionales como internacionales.
Características fundamentales:
o Evitan el uso de una terminología propia de un sistema jurídico determinado.
o Gozan de flexibilidad. Son adaptables al desarrollo económico y tecnológico en la práctica comercial internacional.
o No necesitan aprobación de gobierno alguno. Son los propios contratantes los que libre y voluntariamente acuerden someter su relación jurídica a estos principios.
o Precisan de un acuerdo de sumisión expresa.
o Es posible acudir a ellos cuando no sea posible determinado derecho aplicable.
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