6 Ética de las Finanzas 180718
111 Segunda parte
objetivo para guiar a los directivos disminuye el problema de agencia tal como sugieren, entre otros, documentos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores como el informe Olivencia (1998) o el código unificado de Conthe (2006). En efecto, si el objetivo marcado es único y fácil de medir, también lo es la evaluación del directivo, quedando menos espacio para sus intereses particulares. La existencia de múltiples objetivos puede hacer menos operativo el control. Por otro lado, al plantearse el objetivo financiero con una perspectiva de largo plazo, pueden solu- cionarse más fácilmente algunos conflictos de interés. Otra aportación para solucionar estos problemas es la utilización de consejeros independientes. Este tipo de consejeros no deberían tener vinculación con los ejecutivos o con la empresa, y su papel consistiría en representar a todos esos pequeños accionistas que no están en el Consejo de Administración. En el caso de las gestoras de fondos de inversión se ha utilizado esta figura para representar los intereses de los pequeños inversores, los partícipes de los fondos. Teóricamente estos consejeros sirven para disminuir los problemas de agencia y otros conflictos de interés. En efecto, en una empresa en la que los accionistas estén muy atomizados, al final muy poca parte del capital queda realmente representada en el Consejo de Administración. La presencia de independientes, personas capacitadas y reconocidas, puede ser muy importante en la labor de supervisión de los ejecutivos. El problema puede venir de si los independientes son“realmen- te independientes” y de su forma de elección: es difícil ser elegido o reelegido como consejero independiente si se es crítico con la dirección de la compañía. También es interesante poner de manifiesto la responsabilidad ética de estos consejeros, que han de representar a los accionistas minoritarios y velar por los intereses legítimos del conjunto de los partícipes sociales. Otra posibilidad para evitar la falta de representatividad de los consejos de administración de muchas grandes empresas consiste en que los inversores institucionales, tales como compa- ñías de seguros, fondos de inversión o fondos de pensiones, con grandes paquetes de accio- nes, sean activos en las votaciones de las juntas generales y fiscalicen la elección de los con- sejeros y la actuación del Consejo. La idea puede parecer buena a primera vista, pues de esta manera los grandes inversores, con intereses en las empresas, se preocuparán de la marcha de estas y evitarán que los directivos campen por sus respetos. El problema es que los inversores institucionales son eso, inversores, y muchas veces no tienen interés en la gestión de las com- pañías. Por otro lado las decisiones que toman tales inversores están nuevamente en manos de ejecutivos, que pueden primar sus propios intereses e incluso llegar a “extrañas” componendas con los directivos de las empresas participadas. También pueden presentarse conflictos de interés si los fondos de inversión gestionados por la gestora del grupo X aparecen votando en la Junta General de Accionistas de la compañía cabe- cera del grupo Y, que es su competencia, su proveedor o su cliente. Habría que ser éticamente
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