MANUAL GESTIÓN PÚBLICA

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Es igualmente objeto de esta Ley la regulación del régimen jurídico aplicable

a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.

9.1.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN OBJETIVO

Son contratos del sector público y están sometidos al TRLCSP los contratos

onerosos , cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren los entes,

organismos y entidades enumerados en el apartado 1.3.

Están también sujetos al TRLCSP los contratos subvencionados por los

entes, organismos y entidades del sector público que celebren otras personas físicas o

jurídicas en los supuestos previstos en el apartado 1.4.4.d), así como los contratos

de obras que celebren los concesionarios de obras públicas.

9.1.3. ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO

El TRLCSP distingue tres grupos de sujetos: las administraciones públicas, en

sentido estricto; los poderes adjudicadores y otros sujetos del sector público.

Quienes tienen la consideración de administraciones públicas en sentido

estricto forma parte de las tres categorías, pues también tienen la consideración de

poderes adjudicadores y de otros sujetos del sector. A su vez los poderes

adjudicadores tienen una doble condición, pues también forman parte de la categoría

de otros sujetos del sector público. Finalmente hay otros organismos de derecho

público que sólo responden al perfil de otros sujetos del sector público.

La importancia de esta distinción radica en el grado de aplicación del TRLCSP,

de forma que cabría decir que es de aplicación íntegra a las administraciones públicas,

media o baja a los poderes adjudicares que no son administración pública en sentido

estricto y mínima a los demás sujetos que forma parte del sector público y no son ni

administración pública ni poder adjudicador.

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