MANUAL GESTIÓN PÚBLICA
MANUAL GESTIÓN PÚBLICA
La contabilidad del sector público se configura como un sistema de información
económico-financiera y presupuestaria que tiene por objeto mostrar, a través de
estados e informes, la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los
resultados y de la ejecución del presupuesto de cada una de las entidades integrantes
del mismo, de forma que las entidades integrantes del sector público quedan
sometidas a la obligación de rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su
naturaleza, al Tribunal de Cuentas.
Algunos de los principios contables públicos de carácter económico-patrimonial
aplicables a las entidades públicas son:
a) Salvo prueba en contrario, se presumirá que continúa la actividad de
la entidad por tiempo indefinido.
b) El reconocimiento de activos, pasivos, patrimonio neto, gastos e
ingresos debe realizarse, desde el punto de vista económico- patrimonial, en
función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan,
sin perjuicio de los criterios que se deban seguir para su imputación
presupuestaria.
c) No se variarán los criterios contables de un ejercicio a otro.
d) Se deberá de mantener cierto grado de precaución en los juicios de
los que se derivan estimaciones bajo condiciones de incertidumbre, de tal
manera que los activos, obligaciones, ingresos y gastos no se sobrevaloren ni
se minusvaloren.
e) No podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo, ni las de
gastos e ingresos que integran las cuentas anuales y se valorarán
separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales, salvo
aquellos casos en que de forma excepcional así se regule.
f) La aplicación de estos principios deberá estar presidida por la
consideración de la importancia en términos relativos que los mismos y sus
efectos pudieran presentar, siempre que no se vulnere una norma de obligado
cumplimiento.
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