MANUAL GESTIÓN PÚBLICA

MANUAL GESTIÓN PÚBLICA

La contabilidad del sector público se configura como un sistema de información

económico-financiera y presupuestaria que tiene por objeto mostrar, a través de

estados e informes, la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los

resultados y de la ejecución del presupuesto de cada una de las entidades integrantes

del mismo, de forma que las entidades integrantes del sector público quedan

sometidas a la obligación de rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su

naturaleza, al Tribunal de Cuentas.

Algunos de los principios contables públicos de carácter económico-patrimonial

aplicables a las entidades públicas son:

a) Salvo prueba en contrario, se presumirá que continúa la actividad de

la entidad por tiempo indefinido.

b) El reconocimiento de activos, pasivos, patrimonio neto, gastos e

ingresos debe realizarse, desde el punto de vista económico- patrimonial, en

función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan,

sin perjuicio de los criterios que se deban seguir para su imputación

presupuestaria.

c) No se variarán los criterios contables de un ejercicio a otro.

d) Se deberá de mantener cierto grado de precaución en los juicios de

los que se derivan estimaciones bajo condiciones de incertidumbre, de tal

manera que los activos, obligaciones, ingresos y gastos no se sobrevaloren ni

se minusvaloren.

e) No podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo, ni las de

gastos e ingresos que integran las cuentas anuales y se valorarán

separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales, salvo

aquellos casos en que de forma excepcional así se regule.

f) La aplicación de estos principios deberá estar presidida por la

consideración de la importancia en términos relativos que los mismos y sus

efectos pudieran presentar, siempre que no se vulnere una norma de obligado

cumplimiento.

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