MANUAL GESTIÓN PÚBLICA
MANUAL GESTIÓN PÚBLICA
En lo que respecta a Buen Gobierno, principios que estaban contemplados
hace ya tiempo para los empleados públicos, véase por ejemplo los artículos 52 a 54
de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se
incorporan ahora dirigidos a los altos cargos de la Administración en esta ley, con un
régimen sancionador al que ya me he referido anteriormente, por tanto la novedad no
parece tanta, sino más bien la tardanza.
En lo que concierne a las disposiciones, recogen un plan de revisión,
simplificación y, en su caso, consolidación normativa que habrán de acometer todas
las Administraciones Públicas con el fin de conseguir una mayor calidad del
ordenamiento jurídico y una mayor transparencia en el ámbito jurídico. En esas
mismas disposiciones, se amplía la obligación de publicar la declaración de bienes y
rentas a todos los altos cargos de la Administración General del Estado y se
contempla que las leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado establecerán
las retribuciones de los miembros de los órganos de gobierno de las Entidades
Locales.
Finalmente, las disposiciones de la Ley establecen que la ley tendrá naturaleza
básica, excepción hecha de los artículos 8, apartados 1 y 2 (que regula el Portal de la Transparencia), y 18, apartado 2 26 , con amparo en los títulos competenciales del
artículo 149.1 puntos primero, décimo tercero y décimo octavo de la Constitución.
TRANSPARENCIA DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA 13.3.
La Ley de Transparencia tiene un triple alcance: incrementa y refuerza la
transparencia en la actividad pública –que se articula a través de obligaciones de
publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas–, reconoce y
garantiza el acceso a la información –regulado como un derecho de amplio ámbito
subjetivo y objetivo– y establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir
los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su
incumplimiento –lo que se convierte en una exigencia de responsabilidad para todos
los que desarrollan actividades de relevancia pública–.
26 Este último referido a las funciones de las Unidades de Información especializadas en el ámbito de la Administración General del Estado que consisten en sistemas de organización interna para integrar la gestión de solicitudes de información de los ciudadanos.
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