DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
El artículo 41 de la C.E. se refiere a los Sistemas de Previsión en España al
señalar que:
“Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres”
Desde el punto de vista de las magnitudes económicas que se manejan, los
Planes de Pensiones son, sin duda, la compensación extrasalarial más importante.
La actual estructura demográfica –con uno de los índices de natalidad más bajos
de Europa- la mayor longevidad de las personas, y el crecimiento del empleo, son
factores que hacen ver con pesimismo el futuro de nuestro sistema público de
pensiones, por lo que el trabajador deberá pensar en la conveniencia de dedicar
parte de su ahorro a cubrir esas previsibles futuras carencias.
Se hace necesario buscar un nuevo equilibrio que trató de solucionar en
1995 el Pacto de Toledo, posteriormente ratificado al haberse suscrito el Acuerdo
sobre el desarrollo de la Seguridad Social que propugna avanzar en el capítulo de
la Previsión Social Complementaria.
Está claro y así lo ha manifestado hasta la Unión Europea, que dentro de
aproximadamente 15 años, el sistema de la Seguridad Social en España a la vista
de los factores demográficos que son determinantes, tendrá serias dificultades
para seguir manteniendo el actual nivel de pensiones. Por eso, las empresas que
apueste por la previsión social complementaria tendrán mucho ganado.
Hoy se presenta como un sistema de cobertura con la finalidad de
proporcionar a los beneficiarios la asistencia y la protección adecuada ante las
contingencias y situaciones previstas por la ley.
Ante dicho panorama, tal vez, uno de los elementos más utilizados en los
sistemas de retribución flexible o a la carta sea la previsión social complementaria,
en la medida en que además no se incluyen en el concepto de salario, quedando al
margen de la limitación del 30% de máximo deducible en retribución en especie
(seguro de vida anual, seguro de accidentes laborales, de salud y de ahorro).
111
European Open Business School
Made with FlippingBook - Online magazine maker