5_2 Regulación de la inversión colectiva 180718
75 La Regulación de la Inversión Colectiva
El objetivo de estos fondos es el de ofrecer un rendimiento acorde con los tipos del mercado monetario o preservar el valor de la inversion.
La regulación consiste en establecer criterios acerca de los activos que son aptos para su in- versión, la valoración, diversificación y los requisitos de trasparencia. Estos fondos invertirán en activos a corto plazo (aquellos cuyo vencimiento residual no supere los dos años). El Reglamento prevé 3 categorías en función de la forma en que se valoran los activos y 2 tipos de fondos monetarios en función del plazo de sus carteras. De la combinacion de esas opcio- nes, se concluye que pueden existir los siguientes tipos de fondos monetarios:
REGLAMENTO 2017/1131 SOBRE FONDOS MONETARIOS. TIPOS DE FONDOS
CORTO PLAZO Duración media<60 días Vencimiento medio<120 días
ESTÁNDAR Duración media<6 meses Vencimiento medio<12 meses
FMM de VL variable (VNAV) (activos valorados a valor de mercado)
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FMM de VL de baja volatilidad (LVNAV) (valoración a coste amortizado para activos con vto residual de menos de 75 días) FMM de deuda pública de VL constante (CNAV) (valoración a coste amortizado para todos sus activos)
√
NO es posible esta combinación
√
No es posible esta combinación
Por lo que se refiere a la valoración, todos los fondos monetarios calcularán un VL diario (valo- rado a precios de mercado, “VL variable”) y además los CNAV y los LVNAV deberán calcular otro VL (denominado “VL constante”) que calcularán aplicando el coste amortizado a todo o parte de la cartera, según lo que figura en la tabla. El VL constante será el que se aplicará a suscrip- ciones y reembolsos, cuando las diferencias entre ambos sean limitadas. En caso de que las diferencias sean de más de 20 pb en los LVNAV, las suscripciones y reembolsos se realizarán a valor de mercado. En el caso de los CNAV no se ha definido el umbral de diferencia entre valor a mercado y valor a coste amortizado a partir del cual las suscripciones y reembolsos se deban realizar a coste valor de mercado. Los fondos monetarios nuevos, deberán cumplir con el Reglamento desde julio de 2018 y los existentes desde enero de 2019.
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