MANUAL SALUD OCUPACIONAL

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En principio, salvo excepciones, no se deberían inspeccionar las instalaciones puesto

que es función de la autoridad sanitaria así como también lo es revisar la documentación de las

empresas, los registros, el programa de mantenimiento, y, en caso necesario, dictar las

medidas para prevenir o minimizar el riesgo detectado (ver Art. 10).

Poner especial atención en torres de refrigeración y condensadores evaporativos de

hospitales y hoteles.

_ En cuanto a la evaluación del posible riesgo de exposición de trabajadores a los

aerosoles que puedan contener Legionella nos debemos centrar en aquellos que realizan

operaciones de mantenimiento en torres de refrigeración, sacando, limpiando y desinfectando

las distintas partes de la misma. En la medida de lo posible, durante sus tareas, deben evitar

producir aerosoles.

A la hora de evaluar el riesgo de exposición hay que tener en cuenta, además de la Ley

de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995) y del Reglamento de los Servicios de Prevención

(39/1997), el R.D. 664/1997 sobre agentes biológicos y, concretamente, los siguientes factores:

- Factor de riesgo: Legionella es una bacteria clasificada en el grupo de riesgo 2.

- Tiempo de exposición.

- Condiciones en el puesto de trabajo: exposición a aerosoles, uso de EPIs adecuados,

herramientas utilizadas en la limpieza y desinfección de la instalación. Los análisis periódicos

de Legionella, que deben hacerse en el agua de la instalación, nos darán una idea del grado de

contaminación del agua y, por tanto, del nivel de exposición a la bacteria.

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