MANUAL DIRECCIÓN COMERCIAL

DIRECCIÓN COMERCIAL

9.3.4. ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIA

Se trata de una orden dada por el importador a su banco para que realice una transferencia a favor del exportador en el momento en que dicho banco reciba la documentación acreditativa de la mercancía enviada.

Esta documentación es la que va a permitir al importador retirar la mercancía de la aduana o del almacén del transportista.

Es un medio de pago poco utilizado porque:

 Exige cierto nivel de confianza en el importador, similar al de la remesa simple.

 Su coste es elevado.

a. Operativa de la exportación:

El importador ordena a su banco que proceda a realizar una transferencia a favor del exportador cuando reciba la documentación.

El exportador envía la mercancía al importador, pero no así la documentación acreditativa, por lo que éste no podrá por el momento recibirla.

Paralelamente, el exportador envía la documentación a su banco para que la haga seguir al banco del importador.

El banco del importador revisa la documentación recibida y si es correcta procede a realizar la transferencia.

Riesgo de este medio de pago:

La orden de pago suele ser revocable (anulable por el importador) antes del pago, por lo que la seguridad de cobro que le ofrece al exportador es muy limitada.

No obstante, en este caso el exportador se quedaría sin cobrar la venta pero al menos no perdería la propiedad de la mercancía, ya que no entregaría al importador la documentación para poder retirarla. En todo caso, el exportador quedaría con una mercancía situada en algún puerto internacional a miles de kilómetros, con el gasto que esto le ha supuesto y con la posibilidad de que dicha mercancía se deteriore.

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