MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL
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http://www.telecotrans.es/fenadismer/index2.html
Federación nacional de asociaciones de transporte
www.fenadismer.es
Federación Nacional de Asociaciones de Transporte
PROTECCIÓN JURIDICA ECONÓMICA EN LAS MERCANCÍAS. LOS SEGUROS
A) ORIENTACION es concerniente a la responsabilidad y el daño excede de
los límites de responsabilidad, en cuyo caso se habla de póliza de seguros.
B) SEGURO Tiene por finalidad reponer al asegurado tras un siniestro, de la
forma más próxima posible a la situación anterior a sufrirlo y, si ello no es posible,
darle una compensación económica o indemnización que atenúe los efectos del daño.
Nunca se cubre el riesgo total de la operación.
EL CONTRATO DEL SEGURO: Una de las partes (ASEGURADOR) a cambio
de un pago (PRIMA), se obliga a satisfacer económicamente (INDEMNIZACIÓN) a la
otra parte (ASEGURADO) o a un tercero (BENEFICIARIO) en el caso de que ocurra
un riesgo (HECHO PREVISIBLE). El documento que refleja el contrato se llama
POLIZA.
Se establecen LIMITES DE COBERTURA.
En los elementos del contrato tenemos que contemplar elementos como son
los reales (objeto del seguro de personas y cosas, riesgo y prima), los formales (qué
objetivos se aseguran, cual es la clase de riesgo, día y hora en la que se inicia el
contrato, otras cláusulas y la firma) y los personales (como el tomador de seguro y el
beneficiario).
En los efectos del contrato hay que analizar las obligaciones y los derechos
tanto del asegurado como del asegurador.
En la clasificación del contrato cuando actúa en daños o sobre personas
En los tipos de pólizas como pueden ser a prima fija, o la de seguros mutuos o
la flotante cuando se hacen envíos sucesivos.
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