MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL
MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL
10.3.24 RIESGOS BÁSICOS PARA EL EXPORTADOR
Que el importador no acepte la letra ni se haga cargo de los documentos.
Que el importador acepte la letra y se haga cargo de la mercancía, pero no pague
la letra.
10.4.25 VENTAJAS PARA EL EXPORTADOR
Si el importador no acepta la letra, la mercancía sigue siendo de su propiedad.
10.4.26 RECOMENDACIONES PARA EL EXPORTADOR
Son idénticas que en las remesas documentarias con pago al contado, salvo en el
caso de impago después de la aceptación de la letra ya que, en este supuesto, la
mercancía habrá sido retirada con anterioridad por el importador.
10.4.27 CRÉDITO DOCUMENTÁRIO CON PAGO AL CONTADO
El importador ordena a su banco que proceda a la apertura del crédito
documentarlo.
El banco, una vez estudiado el riesgo que contrae, avisa el crédito al exportador
utilizando los servicios de un tercer banco.
Este último banco avisa el crédito al exportador añadiendo o no su confirmación,
según corresponda.
El exportador, una vez examinado el contenido del crédito y encontrándolo
conforme, procede a embarcar o a poner a disposición del importador la mercancía.
Entrega los documentos en el banco que le ha avisado el crédito (banco avisador) y
éste, encontrándolos conformes, procede al pago de la exportación.
El banco avisador remite los documentos al banco del importador (el que emitió el
crédito o banco emisor) que, si son conformes, le reembolsará su importe.
111
European Open Business School
Made with FlippingBook - professional solution for displaying marketing and sales documents online