DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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Por lo tanto, con la retribución en especie más que a buscar una fuente de
ventajas fiscales para el trabajador, debe orientarse a que cumpla
fundamentalmente una función de motivación, de retención del individuo en la
empresa.
Se encuadran bajo este epígrafe todos los conceptos no monetarios que
integran el paquete retributivo, pudiéndose señalar, al tener un mayor significado
económico para la empresa y para el empleado, entre otros, los siguientes:
Coche de empresa: estaremos en presencia de este elemento
retributivo cuando, el empleado, normalmente está reservado al
personal directivo o de ventas, puede utilizar, tanto para uso
profesional como personal o particular, un vehículo entregado
por la empresa, y que puede ser propiedad de esta o en régimen
de alquiler, renting, etc.
Tendrá la consideración de retribución en especie cuando el empleado no
lo utilice exclusivamente para uso profesional. Dicha puesta a disposición, suele
implicar que la empresa corra con todos los gastos (seguro, combustible,
mantenimiento, etc.), así como de su cambio por otro nuevo al cabo de un periodo
de tiempo, superado un determinado kilometraje, etc.
La concesión de un automóvil como parte de la política salarial sirve sobre
todo para reconocer estatus, teniendo su incidencia en aspectos ya comentados,
como la atracción o fidelización de los mejores profesionales.
Cuando se disfruta de este beneficio, el empleado tributa como retribución
en especie, valorándose en el 20% anual de su coste total. A dicha cantidad hay
que sumar los gastos que pague la empresa.
En el supuesto que el empleado decidiera en un determinado momento
quedarse con el coche, se computará el coste como nuevo, descontando las
imputaciones del 20% antes mencionados, ya efectuadas.
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